La Constitución redemocratizadora
Por José Piñera (Economía y Sociedad Nº 96, julio - septiembre 2018; Extracto)
Fue la Constitución de 1980 la que estableció un proceso irreversible para que el gobierno de naturaleza excepcional que surgió del quiebre de 1973 pudiera transitar hacia una plena democracia. En efecto, en su artículo 27 transitorio estableció la obligación de llamar a un plebiscito presidencial al final del período de refundación de la democracia, es decir, en octubre de 1988. Y en sus artículos 28 y 29 transitorios, diseñó lo que sucedería en caso de aprobarse o rechazarse la proposición presidencial sometida a plebiscito. El artículo 28 transitorio establecía que si se aprobaba la propuesta, el Presidente “convocará a elecciones generales de senadores y diputados. . . . y el Congreso Nacional se instalará tres meses después de la convocatoria a elecciones”. Por su parte, el artículo 29 transitorio señalaba que si no se aprobaba la propuesta, el Presidente “convocará a elección de Presidente de la República y de parlamentarios en conformidad con los preceptos permanentes de esta Constitución y de la ley”. Así, cualesquiera fuera el resultado del plebiscito, estos dos artículos aseguraban la llegada a la democracia.
Es necesario destacar un hecho de extraordinaria importancia: en la misma Constitución de 1980, la Junta de Gobierno renunció a su poder constituyente. Desde su entrada en vigencia el 11 de marzo de 1981, cualquier reforma a la Carta Fundamental exigía ser ratificada por un plebiscito. Esta renuncia aseguraba que el itinerario hacia la democracia era irreversible.
El resultado del plebiscito de 1988 determinaría entonces la persona que ocuparía la Presidencia, pero no alteraba el hecho fundamental de que en pocos meses habría democracia y que el país estaría bajo el imperio de una Constitución plenamente vigente. El 5.10.88 se realizó este plebiscito, con todas las garantías democráticas. La opción “No” obtuvo el 56% de los votos y la opción “Sí” el 44%. El sociólogo Eugenio Tironi afirmó incluso que si el candidato propuesto hubiera sido un civil, el “Sí” habría ganado (Entrevista en CNN Chile, 5.6.13).
Lamentablemente, la izquierda y la Concertación, en vez de contribuir a la unidad nacional reconociendo el mérito enorme del proceso de redemocratización desde dentro, inventaron una leyenda negra según la cual el Presidente Pinochet habría estado dispuesto a desconocer la Constitución que había elaborado y firmado. Esa falsedad fue desmentida de manera categórica por el general Fernando Matthei en su carta del 10.1.12: “Les aseguro a mis compatriotas que jamás existió la más mínima vacilación del presidente Pinochet o de algún miembro de la Junta de Gobierno en orden a respetar los resultados de ese plebiscito y así cumplir estrictamente lo que mandaba la propia Constitución que nosotros habíamos propuesto al país” (ver la carta completa en “La Constitución respetada” en el Dossier).
Tras el plebiscito de 1988, la “Constitución redemocratizadora”, aquellas normas contempladas en sus artículos transitorios, había cumplido su objetivo. Sin embargo, la “Constitución permanente” todavía era cuestionada por la oposición. Entonces se abrió una ventana de oportunidad.
Por una parte, la Concertación quería una reforma en 1989 pues confiaba en ganar las elecciones presidenciales y parlamentarias que se realizarían a fines de ese año, pero no creía que alcanzaría en el nuevo Congreso las mayorías necesarias para reformar la Constitución y tampoco quería iniciar su posible gobierno con un complejo debate constitucional.
Por otra parte, la facción liberal dentro del gobierno reconocía que algunas de esas disposiciones eran innecesarias y, sobre todo, comprendía el valor político e histórico de lograr una reforma constitucional consensuada con la oposición y una aprobación de las mismas, e indirectamente de la Constitución, en un nuevo plebiscito.
Se alinearon así las estrellas en 1989 para un histórico acuerdo de reformas constitucionales entre el gobierno y la oposición. El 15 de Junio se publicó en el Diario Oficial el decreto convocando a un plebiscito el 30 de julio de 1989 que detallaba las 54 reformas acordadas. Esta vez, un 91% de la ciudadanía votó por el “Sí”. Edgardo Boeninger, futuro ministro de la Presidencia de Aylwin, sostuvo que con este plebiscito “la Concertación aceptó explícitamente la Constitución del 80 modificada” (“Democracia en Chile, Lecciones para la gobernabilidad”, 1997).
Entonces es un hecho que prestigia a Chile entero que la redemocratización desde dentro haya sido un gran éxito. Lamentablemente, la falsificación histórica de este proceso hecho por la izquierda de manera persistente y efectiva a partir de 1990 ha confundido a la ciudadanía y especialmente a los jóvenes que no vivieron ese período.